Servicios internacionales prestados por homólogos del consultor local o análogos en el mercado objetivo en cooperación con el consultor local.
Es un servicio que se ofrece a la empresa internacionalizada para cumplir con la legalidad tributaria y mercantil vigente en el país donde esta se encuentre establecida.
Tener actualizados los libros contables. Presentación de declaraciones a las agencias estatales, y en los registros, auditorías de cuentas si estas fueran precisas.
El establecimiento en países terceros puede conllevar de forma obligatoria el pago de un sueldo a los directivos, y por tanto han de realizarse sus correspondientes declaraciones tributarias, en las correspondientes agencias estatales.
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